RAZONES PARA RESERVAR
EN LOS ESTABLECIMIENTOS LEGALMENTE CONSTITUIDOS
Sólo los establecimientos hoteleros (hoteles, apartamentos, casas rurales, hostales, pensiones…) que aparecen identificados en su publicidad, ya sea en papel o internet, con un Número de Registro de la Junta de Andalucía, (tres letras mayúsculas y cinco números), otorgado por la Consejería de Turismo y Comercio, son establecimientos que cumplen con la legalidad vigente. Y ello significa para usted, como consumidor y usuario de sus servicios, las siguientes ventajas:
1.- Que la ejecución de sus proyectos están visados y controlados por las administraciones públicas competentes (Urbanismo y Medioambiente, ayuntamiento, y la Delegación Territorial de Turismo de la Junta de Andalucía), y que por tanto cumplen con las normas de construcción, de seguridad y evacuación, de aislamiento acústico,…… para establecimientos de su naturaleza; lo que se traduce en estándares mínimos de calidad y seguridad, según la categoría y tipología hotelera.
2.- Que merced a dichos controles públicos administrativos, contribuye también a la conservación del medioambiente, en la medida en que lo fijan y establecen las normas de aplicación obligatorias, para este tipo de establecimientos.
3.- Que pagan sus impuestos, y que por tanto contribuyen al sostenimiento de nuestro sistema público de bienestar y de pensiones, y su estancia crea empleo legal.
4.- Que cumplen con la normativa establecida por el Ministerio del Interior, que obliga a este tipo de establecimientos a notificar la relación de viajeros que pernoctan cada noche, contribuyendo de este modo a la preservación de la seguridad global y particular de todos.
5.- Que cumple la normativa relativa a la protección de datos de carácter personal, que es otra importante garantía para el cliente en la era digital. Garantizando la seguridad en los pagos a cuenta, evitando usted ser estafado.
6.- Que su personal está legalmente contratado, con cobertura social, de acuerdo a la normativa laboral, y que cumple con otros protocolos y normas laborales, relativa a la prevención de la salud laboral,…
7.- Que toda la maquinaria que sirve para dar servicio al cliente (ascensores, sistemas de refrigeración y calentamiento del agua o del clima,…..), pasan controles periódicos, para mantenerse siempre en perfecto estado de servicio y seguridad, evitando con estos controles enfermedades o contagios (legionela…).
8.- Que cuenta con un plan de evacuación contra incendios homologado y verificado por la administración competente (Bomberos), para supuestos extremos de siniestros y emergencias. Y que cuenta con seguros de responsabilidad civil y a terceros para cubrir estas contingencias.
9.- Que está sujeto a una normativa muy estricta de garantía de los derechos de los consumidores y usuarios, que debe cumplir en todo momento, para los supuestos en que el cliente pueda no ver satisfechas sus pretensiones o servicios contratados. Dicha garantía está tutelada por la administración.
10.- Que sólo las empresas legalizadas, que manifiestan de este modo su clara vocación por servir y atender las necesidades de alojamiento del cliente, hacen y construyen un destino turístico de calidad, generando y multiplicando los efectos del turismo en la economía local, porque su compromiso empresarial es estable y duradero.
Por todo
ello, desde la Federación Andaluza de Hoteles y Alojamientos Turísticos, a la
cual pertenece la Asociación de Alojamientos de la Provincia de Jaén, te
animamos a que, ni siquiera por precio, renuncies jamás a todas estas
garantías; e incluso que nos ayudes, si quieres, a identificar alojamientos que
te han ofrecido sus servicios, y que todo hace sospechar que operan al margen
de la legalidad, a través de la dirección, alojamientosjaen@gmail.com